¿Cómo y cuándo tiene validez en Chile un documento otorgado en el extranjero?

Los instrumentos públicos otorgados fuera de Chile deben ser legalizados y lo están cuando en ellos conste el carácter público y la verdad de las firmas de las personas que los han autorizados en el extranjero. La autenticidad de las firmas y el carácter público de estos funcionarios se acreditan por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.

Los instrumentos extendidos en lengua extranjera deben traducirse por los intérpretes oficiales o por peritos que el tribunal designe. Tendrán el valor de instrumentos públicos, una vez protocolizados, los instrumentos otorgados en el extranjero, las transcripciones y las traducciones efectuadas por intérprete oficial o por perito nombrado por juez competente (C.O.T., Art. 420, N°5).