Documentos en custodia con instrucciones notariales

Se trata generalmente de instrumentos de pago (cheques, letras, vales vista u otros) que se dejan bajo la custodia del notario con instrucción de entregarlos a sus beneficiarios, una vez cumplidas las condiciones que fijan las personas de quienes emanan esas instrucciones.

Para el mismo efecto puede dejarse también algún objeto o especie determinada, como, por ejemplo, las llaves de un inmueble.